Definiciones Encasillamiento

Hoy, finalmente pudo traducirse en acta acuerdo las distintas observaciones e impugnaciones que realizó el equipo de veeduría gremial de ATEPSA a las fases I, II y III del encasillamiento de personal.

Hay un número importante de correcciones que se verán reflejadas en la liquidación de sueldos próxima, sin perjuicio de otras que deberán efectuarse como consecuencia del acuerdo. En el acuerdo suscripto también se acordó que el adicional especial que algunos compañeros han percibido, y que fue fijado unilateralmente (sin estar previsto en el CCT) por la EANA SE con la leyenda “podrá ser absorbido por futuros aumentos”, será considerado en el ámbito paritario y que no quedara absorbido en la pauta salarial 2017.

Otros puntos que se destacan en él acta son:
– Retroactividad al 1/1/17 del encasillamiento para los compañeros que se desempeñaban en aeródromos del anexo ley 27.161, y que están en proceso de instrucción para obtener sus habilitaciones.
– Ratificación del acta acuerdo que integra el CCT en relación al adicional ajuste trasferencia, que establece que el mismo no se absorbe ante futuros aumentos. Se ha pactado una reunión de trabajo para la próxima semana, para avanzar en el análisis de los casos individuales que comprende el acuerdo.

Queremos dedicarle nuestro mayor reconocimiento a los delegados por el enorme trabajo que hicieron en defensa de sus compañeros!!!